En la Comunidad Valenciana, la comisión por venta de propiedad habitual suele estar en un rango que depende de varios factores y la paga normalmente el vendedor. Las agencias también pueden cobrar al comprador entre un 2 % a 3 % más IVA, pero solo cuando existe un contrato de mediación firmado que lo autorice expresamente; no es habitual salvo acuerdo explícito. Sin ese contrato, el cobro carece de base legal.
Tres organismos marcan el terreno en este mercado: la Audiencia Provincial de Valencia, que ha anulado cobros basados únicamente en la hoja de visitas; el Registro de Agentes de Intermediación Inmobiliaria (RAII) de la Generalitat Valenciana, de consulta pública y gratuita; y ASICVAL, la asociación del sector, que gestiona una Oficina de Consultas y Reclamaciones Inmobiliarias (OCRI).
Lo primero que debes hacer antes de firmar cualquier parte de visita: leer el documento completo y verificar si contiene cláusulas de reconocimiento de honorarios.
Consejo profesional: Pide siempre una copia del contrato de mediación antes de facilitar datos personales o aceptar cualquier oferta. Es tu derecho y tu principal protección.
Tabla de contenidos
- ¿Cuánto cobra una agencia inmobiliaria en la Comunidad Valenciana?
- ¿Quién paga la comisión y cuándo es válido cobrar al comprador?
- ¿Qué debe incluir el contrato de mediación para protegerte?
- ¿Cómo se calcula la comisión? Modelos y ejemplos
- Impuestos y gastos que reducen el neto del vendedor
- Cómo negociar la comisión y qué señales de alarma debes evitar
- Reclamaciones y jurisprudencia en Valencia: qué hacer ante una disputa
- Ejemplos prácticos: cómo queda el neto según el modelo de comisión
- Puntos clave
- Lo que la experiencia local enseña sobre comisiones en Valencia
- Vende tu propiedad en Valencia con comisión clara y cobro solo al cierre
- Fuentes útiles y dónde verificar
- Preguntas frecuentes
¿Cuánto cobra una agencia inmobiliaria en la Comunidad Valenciana?
El rango habitual para el vendedor en Valencia es del 1,5 % al 3 % del precio final de venta. No existe un arancel oficial fijo: cada agencia fija sus tarifas libremente, lo que hace que el porcentaje varíe según varios factores.
Factores que elevan la comisión:
- Mandato con exclusividad: la agencia asume mayor riesgo y suele justificar un porcentaje más alto.
- Servicios ampliados: valoración presencial, fotografía profesional, marketing digital, gestión notarial completa y asesoramiento jurídico.
- Urgencia de venta: si el propietario necesita cerrar en poco tiempo, la agencia puede negociar al alza.
- Precio bajo del inmueble: en viviendas de poco valor, el porcentaje sube para que la operación sea rentable para el agente.
Factores que reducen la comisión:
- Mandato sin exclusividad, donde el propietario puede vender por su cuenta o con varias agencias a la vez.
- Participación activa del propietario en la captación de compradores.
- Cartera amplia del agente o relación previa con la agencia.
Sobre el IVA: el porcentaje que te ofrezca la agencia puede o no incluirlo. El tipo general aplicable a los servicios de intermediación inmobiliaria es del 21 %. Comprueba siempre si la cifra que te citan es con o sin IVA, y exige que el contrato lo especifique con claridad. Una comisión del 3 % sobre 200.000 € son 6.000 €; con IVA, 7.260 €. La diferencia no es menor.
Una valoración presencial adecuada es el primer paso para saber qué comisión tiene sentido pagar: un piso mal valorado puede tardar entre 8 y 14 meses en venderse, mientras que uno bien posicionado suele cerrarse en 2 a 5 meses.

Consejo profesional: Antes de aceptar un porcentaje, pide a la agencia que detalle por escrito qué servicios concretos incluye. «Gestión completa» sin desglose no te protege de nada.
¿Quién paga la comisión y cuándo es válido cobrar al comprador?
La regla práctica es sencilla: paga quien contrata el servicio. Si eres tú quien encarga la venta a la agencia, la comisión recae sobre ti como vendedor. ASICVAL defiende este criterio como principio de equidad y transparencia en el sector.

Para cobrar también al comprador, la agencia necesita un contrato de mediación firmado por él, negociado individualmente y con información clara sobre el importe. La hoja de visitas no cumple ese requisito. La Audiencia Provincial de Valencia ha anulado cláusulas de reconocimiento de honorarios insertadas en partes de visita por falta de negociación y transparencia: una cláusula impuesta unilateralmente, sin que el comprador haya podido discutirla, no genera obligación de pago.
Lo que debes saber como vendedor:
- Si la agencia cobra al comprador, ese importe no reduce tu comisión salvo que así se pacte expresamente.
- Exige saber si la agencia tiene contrato firmado con el comprador antes de facilitar información sobre la operación.
- Cualquier reconocimiento de honorarios debe detallar la contraprestación: asesoramiento, gestión notarial, valoración y acompañamiento.
¿Qué debe incluir el contrato de mediación para protegerte?
El contrato de mediación es el documento que regula toda la relación con la agencia. Un contrato incompleto es el origen de la mayoría de los conflictos por comisión.
Elementos imprescindibles:
- Identidad completa de las partes (agencia con número de inscripción en el RAII).
- Objeto del mandato: descripción del inmueble y precio de salida.
- Porcentaje o importe fijo de la comisión, con indicación expresa de si incluye o no el IVA.
- Plazo de vigencia del encargo y condiciones de renovación o cancelación.
- Exclusividad o no exclusividad, con sus consecuencias concretas.
- Servicios que la agencia se compromete a prestar (marketing, visitas, gestión de ofertas, acompañamiento a notaría).
- Forma y plazo de pago de la comisión (habitualmente, en el momento de la firma ante notario).
Diferencias entre mandato con y sin exclusividad:
| Característica | Con exclusividad | Sin exclusividad |
|---|---|---|
| Porcentaje habitual | Generalmente más alto | Generalmente más bajo |
| Garantía del agente | Mayor dedicación y recursos | Menor inversión en marketing |
| Libertad del propietario | Limitada durante el plazo | Puede vender por su cuenta |
| Riesgo de conflicto | Menor (un solo interlocutor) | Mayor (varias agencias simultáneas) |
Señales de cláusulas abusivas:
- Reconocimiento de honorarios en letra pequeña dentro de la hoja de visitas.
- Cobro automático al comprador sin negociación previa documentada.
- Ausencia de descripción de servicios concretos.
- Falta de número de inscripción en el RAII.
Verifica siempre la inscripción en el RAII antes de firmar cualquier encargo. Es un registro público, gratuito y de titularidad de la Generalitat Valenciana.
Consejo profesional: Pide que el contrato incluya una cláusula de rendimiento: si la agencia no consigue comprador en el plazo pactado, el encargo se extingue sin penalización para ti.
¿Cómo se calcula la comisión? Modelos y ejemplos
Existen tres modelos habituales de comisión inmobiliaria por venta:
- Porcentaje sobre el precio de venta: el más frecuente. La comisión se aplica al precio final escriturado.
- Importe fijo pactado: menos habitual, pero posible en inmuebles de precio muy bajo o muy alto.
- Comisión compartida: la agencia cobra un porcentaje al vendedor y otro al comprador, siempre que ambos hayan firmado contrato de mediación.
Tabla de cálculo: tres escenarios habituales
| Precio de venta | Comisión (%) | Comisión sin IVA | IVA (21 %) | Total comisión con IVA |
|---|---|---|---|---|
| — | 1,5 % | — | — | — |
| — | 3 % | — | — | — |
| — | 2 % comprador (solo con contrato de mediación firmado) | — | — | — |

El IVA lo paga quien recibe la factura. Si eres el vendedor y contratas la agencia, la factura va a tu nombre y el IVA corre de tu cuenta. Guarda siempre la factura: la comisión pagada puede ser un gasto deducible en el cálculo de la ganancia patrimonial en el IRPF, aunque conviene confirmarlo con un asesor fiscal.
Impuestos y gastos que reducen el neto del vendedor
La comisión es solo uno de los costos de venta inmobiliaria. El neto real que recibes depende de varios conceptos adicionales:
- Plusvalía municipal (IIVTNU): grava el incremento del valor del suelo desde la última transmisión. Su importe varía según el municipio, los años transcurridos y el valor catastral. En Valencia capital puede ser significativa en inmuebles con muchos años de antigüedad.
- IRPF por ganancia patrimonial: si vendes por más de lo que pagaste, la diferencia tributa en la base del ahorro. Los tipos van del 19 % al 28 % según el tramo de ganancia.
- Cancelación de hipoteca: si el inmueble tiene carga hipotecaria, los gastos de cancelación registral y notarial corren habitualmente a cargo del vendedor. Consulta nuestra guía sobre vender piso con hipoteca en Valencia para un desglose detallado.
- Gastos de comunidad pendientes: cualquier deuda con la comunidad de propietarios debe saldarse antes o en el momento de la firma.
- Certificado energético: obligatorio para vender; su coste suele ser de entre 100 € y 300 €.
Consejo profesional: Solicita a la agencia un resumen estimado de todos los gastos antes de fijar el precio de salida. Conocer el neto real desde el principio evita sorpresas en notaría.
La comisión pagada a la agencia es deducible del precio de transmisión a efectos del cálculo de la ganancia patrimonial en el IRPF. Guarda la factura con todos los datos fiscales de la agencia.
Cómo negociar la comisión y qué señales de alarma debes evitar
Negociar la tarifa de agente inmobiliario es legítimo y habitual. Estas son las tácticas que funcionan:
- Pide el desglose de servicios: si la agencia no puede explicar qué incluye cada punto del porcentaje, tienes margen para reducirlo.
- Ofrece exclusividad temporal a cambio de un porcentaje menor: una exclusiva de 60 o 90 días suele ser suficiente para que la agencia acepte bajar medio punto.
- Compara valoraciones presenciales: una agencia que valora tu piso sin visitarlo no tiene base real para defender su precio ni su comisión.
- Negocia servicios, no solo el porcentaje: a veces es más útil eliminar partidas de marketing pagado que no necesitas que regatear el porcentaje base.
- El momento de negociar es antes de firmar el encargo, nunca después de que la agencia haya presentado una oferta.
Señales de alarma:
- Presión para firmar en la primera visita, sin tiempo para leer el documento.
- Cláusulas en letra pequeña que reconocen honorarios sin negociación.
- Agente sin número de inscripción en el RAII o que no puede acreditarlo.
- Promesas verbales sobre precio o plazo que no aparecen por escrito.
- Comisión exigida aunque la venta no se haya cerrado por causa imputable a la agencia.
Si la operación no llega a firmarse en notaría por causas ajenas al propietario, la agencia no tiene derecho a comisión salvo que el contrato establezca expresamente lo contrario. Revisa esa cláusula con atención.
Reclamaciones y jurisprudencia en Valencia: qué hacer ante una disputa
El derecho a cobrar comisión nace de la intermediación efectiva: la agencia debe demostrar que su gestión fue la causa directa de la venta. Así lo confirman las sentencias SAP Valencia 89/2008 y SAP Valencia 401/2004, que vinculan el devengo de honorarios a la prueba del nexo causal entre la actividad del agente y la firma de la escritura.
Pasos ante una disputa por comisión:
- Solicita por escrito copia de todos los contratos firmados y las pruebas de intermediación que alega la agencia.
- Comprueba si la agencia está inscrita en el RAII.
- Presenta una reclamación formal ante la OCRI de ASICVAL, que ofrece mediación antes de acudir a la vía judicial.
- Si la mediación no prospera, la vía civil es la ordinaria para reclamar o defenderte.
Documentos que debes reunir:
- Contrato de mediación o encargo firmado.
- Partes de visita con fecha y firma.
- Correos electrónicos y mensajes que acrediten la gestión del agente.
- Escritura de compraventa o, si no llegó a firmarse, la oferta rechazada.
Ejemplos prácticos: cómo queda el neto según el modelo de comisión
Tabla comparativa de tres casos simulados
| Caso | Precio de venta | Comisión | Importe comisión (sin IVA) | IVA (21 %) | Neto aproximado vendedor* |
|---|---|---|---|---|---|
| 1: sin exclusividad | 120.000 € | 1,5 % | 1.800 € | 378 € | 117.822 € |
| 2: con hipoteca | 220.000 € | 3 % | 6.600 € | — | ~210.514 €** |
| 3: comisión compartida | — | 2 % vendedor + 2 % comprador (comprador solo si contrato de mediación firmado) | 3.600 € (vendedor) | — | 175.644 € |
*Neto antes de impuestos (plusvalía e IRPF). **Estimando 1.500 € de gastos de cancelación hipotecaria.
Detalles de cada caso:
- Caso 1: vivienda de 120.000 € sin exclusividad. La comisión baja al 1,5 %, lo que supone 1.800 € más 378 € de IVA. El vendedor recibe aproximadamente 117.822 € antes de impuestos.
- Caso 2: vivienda de 220.000 € con hipoteca pendiente. Comisión del 3 % (6.600 € más IVA) más unos 1.500 € de cancelación registral. El neto antes de impuestos ronda los 210.514 €.
- Caso 3: la agencia cobra el 2 % al vendedor y el 2 % al comprador, ambos con contrato de mediación firmado. El vendedor paga 3.600 € más IVA y recibe 175.644 € antes de impuestos.
Si estás valorando vender sin inmobiliaria, ten en cuenta que el ahorro en comisión puede verse compensado por un precio de venta más bajo o un plazo más largo.
Puntos clave
En la Comunidad Valenciana, la comisión inmobiliaria habitual para el vendedor oscila entre el 1,5 % y el 3 % del precio de venta, y solo es válido cobrar al comprador cuando existe un contrato de mediación firmado y negociado individualmente.
| Punto | Detalles |
|---|---|
| Rango habitual de comisión | Entre el 1,5 % y el 3 % sobre el precio de venta para el vendedor en Valencia. |
| Cobro al comprador | Solo es válido con contrato de mediación firmado; la hoja de visitas no equivale a contrato. |
| IVA sobre la comisión | El tipo general es el 21 %; comprueba siempre si el porcentaje ofertado lo incluye o no. |
| Verificación previa | Consulta el RAII antes de firmar cualquier encargo para confirmar que el agente está registrado. |
| Llave-maestra | Cobra solo al cierre en notaría, sin coste inicial, con valoración presencial gratuita en Valencia. |
Lo que la experiencia local enseña sobre comisiones en Valencia
La mayoría de los conflictos por comisión que llegan a los tribunales valencianos tienen el mismo origen: un propietario que firmó algo sin leerlo, o un comprador al que se le presentó una hoja de visitas como si fuera un contrato. No es mala fe en todos los casos, pero sí es falta de claridad sistemática en la comunicación.
Lo que los datos de jurisprudencia muestran es que los tribunales no protegen al agente que no puede demostrar su intermediación efectiva. Ganar una reclamación de honorarios requiere prueba: contratos, correos, registros de visita con firma libre e informada. Un agente que trabaja bien no tiene problema en acreditarlo.
La transparencia documental no es burocracia: es la diferencia entre una operación limpia y un litigio de meses. Pedir el desglose de servicios, verificar el RAII y leer el contrato antes de firmar no ralentiza la venta; la protege.
Vende tu propiedad en Valencia con comisión clara y cobro solo al cierre
Llave-maestra trabaja con un modelo directo: valoración presencial gratuita, gestión completa hasta la firma en notaría y comisión cobrada únicamente cuando tú cobras. Sin pagos anticipados, sin letra pequeña sobre honorarios al comprador sin tu conocimiento.

Con cuatro oficinas propias en Valencia (Arrancapins, La Saïdia, L’Eliana y El Perelló) y más de 1.000 propiedades vendidas desde 2001, el equipo conoce el mercado local barrio a barrio. La valoración presencial, frente a las calculadoras automáticas que sobrevaloran, permite fijar un precio que atrae compradores reales en 2 a 5 meses. Cada contrato de encargo detalla por escrito los servicios incluidos y el porcentaje exacto con IVA, sin sorpresas.
Si quieres saber cuánto vale tu piso y qué neto puedes esperar tras comisión e impuestos, solicita tu valoración gratuita en llave-maestra.es/vende-tu-inmueble.
Fuentes útiles y dónde verificar
Estas son las fuentes oficiales y de referencia que puedes consultar para contrastar cualquier dato de este artículo:
- RAII — Proyecto de Decreto, Generalitat Valenciana: verifica si un agente está inscrito en el registro autonómico obligatorio antes de firmar cualquier encargo.
- ASICVAL — OCRI (Oficina de Consultas y Reclamaciones Inmobiliarias): primer recurso para resolver conflictos de honorarios mediante mediación, antes de acudir a la vía judicial.
- Marín y Mateo abogados — Reconocimiento de honorarios inmobiliarios: explica los requisitos contractuales para que una comisión sea exigible, con referencias a jurisprudencia valenciana.
- Iustel — Audiencia Provincial de Valencia (anulación por hoja de visitas): describe la sentencia que anuló honorarios cobrados sin contrato de mediación válido.
- vLex — SAP Valencia 89/2008: texto de la sentencia que vincula el devengo de honorarios a la intermediación efectiva y la carga probatoria.
- ASICVAL — Posición institucional sobre honorarios: declaraciones de la presidenta de ASICVAL sobre quién debe pagar la comisión y el criterio de transparencia del sector.
Guarda siempre copia de todos los contratos firmados. En caso de disputa, esos documentos son tu principal herramienta de defensa.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se paga de comisión inmobiliaria al vender en Valencia?
Lo habitual en la Comunidad Valenciana es entre el 1,5 % y el 3 % del precio de venta, a cargo del vendedor. Las agencias también pueden cobrar al comprador entre un 2 % y un 3 % más IVA, pero únicamente si existe un contrato de mediación firmado y negociado individualmente.
¿Puede la inmobiliaria cobrarme si la venta no se cierra?
En general, no. El derecho a comisión nace cuando se firma la escritura de compraventa en notaría. Si la operación no se concreta por causas ajenas al propietario, la agencia no tiene derecho a honorarios salvo que el contrato establezca expresamente lo contrario.
¿Qué impuestos paga el vendedor al vender una casa en Valencia?
El vendedor asume la plusvalía municipal (cuyo importe varía según el municipio y los años de tenencia), el IRPF sobre la ganancia patrimonial obtenida y, si hay hipoteca, los gastos de cancelación registral. La comisión pagada a la agencia puede deducirse del cálculo de la ganancia patrimonial.
¿La hoja de visitas obliga a pagar comisión al comprador?
No. La Audiencia Provincial de Valencia ha anulado cláusulas de reconocimiento de honorarios insertadas en hojas de visita sin negociación ni transparencia. Solo un contrato de mediación firmado individualmente por el comprador genera esa obligación.
¿Cómo verifico que una agencia está registrada en Valencia?
Consulta el Registro de Agentes de Intermediación Inmobiliaria (RAII) de la Generalitat Valenciana, de acceso público y gratuito. Cualquier agencia que opere legalmente en la Comunidad Valenciana debe estar inscrita en él.
Recomendación
- Vender piso sin inmobiliaria en Valencia: guía real – Llave Maestra Red Inmobiliaria
- Nuda propiedad vivienda: guía para mayores en Valencia – Llave Maestra Red Inmobiliaria
- Valor de mercado de tu vivienda en Valencia: guía real – Llave Maestra Red Inmobiliaria
- Alquiler con opción a compra en Valencia: guía 2026 – Llave Maestra Red Inmobiliaria